Seguro obligatorio de responsabilidad civil de los propietarios de vehículos

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¿POR QUÉ SE NECESITA UNA POLÍTICA DE SEGURO OBLIGATORIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS PROPIETARIOS DE VEHÍCULOS?

La política de seguro obligatorio de responsabilidad civil de los propietarios de vehículos lo protege de gastos inesperados en caso de un accidente:

  • Si se convierte en el culpable de un accidente, su compañía de seguros le indemnizará por los daños a la propiedad y la salud de las víctimas.   Tendrá que reparar su automóvil usted mismo (si no ha adquirido una póliza de auto casco por adelantado).
  • Si chocó su automóvil, la compañía de seguros pagará la reparación del accidente.
  • Si ambos conductores son culpables de un accidente, las compañías de seguros pagarán a los dos, generalmente pagan la mitad del daño.   En casos controvertidos, el grado de responsabilidad de cada parteante un accidente y la proporción de pagos determina el tribunal.

El monto máximo de pago por reparaciones en el seguro obligatorio de responsabilidad civil de los propietarios de vehículos es 600 MCI. Si la restauración del automóvil es más costosa, la víctima tiene derecho a exigir a la persona responsable del accidente que pague la diferencia entre el daño real y el seguro compensación.

El contrato de seguro se concluye por escrito sobre la base de la solicitud del Asegurado.

La lista de documentos para la conclusión del contrato para las personas jurídicas:

  • copia del certificado de registro / reinscripción estatal de una entidad jurídica;
  • copia del certificado de matriculación del vehículo;
  • un documento que certifique la dirección de la persona jurídica, número de teléfono, datos bancarios;
  • una copia de la carta o un documento que confirme el hecho de las actividades del Asegurado;
  • una copia de la identidad de la persona autorizada para firmar los documentos;
  • una copia del documento constitutivo u otro documento de naturaleza similar, así como un documento de identidad de los fundadores de la entidad legal (con la excepción de los documentos JSC);
  • copia de la licencia estatal (en caso de que la actividad del cliente tenga licencia)

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